Un hombre que ya tenía concedida por el Gobierno de Navarra una “renta garantizada” para él y sus dos hijas menores a su cargo, presentó ante dicha administración una nueva solicitud de “renta garantizada” y ésta le fue denegada. No obstante, con posterioridad le fue concedida con efectos retroactivos, aunque sin llegar a cubrir todo el periodo de tiempo en el que estuvo privado de dicha renta.
Pero tras interponerse contra dicha resolución denegatoria el pertinente recurso de alzada y desestimarse éste, el abogado D. Ignacio Monreal interpuso recurso contencioso-administrativo, y con fecha 23-12-2022 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra dictó sentencia estimando dicho recurso contencioso-administrativo, declarando el derecho del recurrente a percibir la “renta garantizada” correspondiente a los cuatro meses en que estuvo privado de la misma, y condenando en costas al Gobierno de Navarra.
Comentarios